domingo 07 diciembre 2025
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Once patinetes inmovilizados y 47 denuncias en Palma en un solo día

La Policía Local de Palma ha realizado varios controles de VMP realizados durante este lunes.

La Policía Local de Palma ha inmovilizado 11 patinetes e interpuesto 47 denuncias durante una jornada de controles de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) realizada este lunes, día 16 de junio.

Dichos controles, centrados en garantizar el cumplimiento de la nueva Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica, se llevaron a cabo de forma itinerante a lo largo del día, sumando un dispositivo fijo por la tarde en la plaza de Sant Antoni. En ellos participaron agentes de la Unidad Motorizada (UMOT) y del Equipo Comunitario de Proximidad (ECOP).
En concreto, las denuncias impuestas se debieron, mayoritariamente, a no llevar el casco de seguridad obligatorio, con un total de 18 sanciones. También se registraron 13 denuncias por carecer del seguro obligatorio, 8 por circular por la acera, 3 por no utilizar elementos reflectantes homologados, 2 por conducir con auriculares, otras 2 por usar el teléfono móvil durante la conducción y 1 por ser menor de 16 años.

De estas denuncias, las que conllevaron la inmovilización del patinete eléctrico fueron, en un caso, por no llevar casco; en otro caso, porque el conductor era menor de edad, y en nueve casos por no acreditar el seguro.

Las sanciones económicas impuestas fueron de 90 euros en todos los casos, a excepción de las 13 relacionadas con la falta de seguro de responsabilidad civil, que ascienden a 600 euros cada una, tal y como establece la normativa.
Cabe recordar que la nueva ordenanza cívica de Palma, en vigor desde el pasado 25 de mayo, regula de forma detallada las normas de circulación de los VMP.
Entre estas normas figura que estos vehículos no pueden circular por aceras, plazas, jardines, ni zonas para peatones; el uso obligatorio del caso, y la obligatoriedad de disponer de un seguro de responsabilidad civil para los conductores con una cobertura mínima de 120.000 euros.

También detalla el uso obligatorio de reflectantes homologados y establece la edad mínima de conducir en los 16 años –o 15 en caso de disponer de carné de conducir tipo AM-.
Además, fija la velocidad máxima permitida en 25 kilómetros por hora en calzadas de zonas de 30 o de hasta 40 km/h; de 15 km/h en carriles comprendidos entre la parte de aparcamientos y acera, o de un máximo de 10 km/h en carriles bici.
Entre otras normativas, la ordenanza señala también que los usuarios deben mantenerse de pie sobre el vehículo, con ambos pies apoyados en la plataforma, y la prohibición de aferrarse a otros vehículos como medida de locomoción.

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