Se podrá presentar la documentación entre el 1 y el 30 de septiembre.
El Govern ha anunciado que el próximo mes de septiembre se abrirá el plazo de solicitudes para la nueva convocatoria del Bono Alquiler Joven. Lo ha hecho a través de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.
La orden, publicada este jueves en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), detalla que los interesados podrán presentar la documentación desde el 1 hasta el 30 de septiembre.
Esta línea de ayudas al alquiler en Baleares, dotada con un presupuesto de 4,8 millones de euros procedentes de fondos estatales, está diseñada para cubrir los gastos de las mensualidades correspondientes a los años 2026 y 2027 (con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027). La cuantía de la ayuda es de 250 euros mensuales por beneficiario, con un tope máximo de 6.000 euros repartidos en dos años.
Precios máximos de los contratos de alquiler
La convocatoria mantiene de forma estricta los límites de precios fijados por el Real Decreto estatal de 2022:
- Vivienda completa: El precio del contrato de alquiler no puede superar los 900 euros al mes.
- Alquiler de habitaciones: El coste máximo de la estancia debe ser de 450 euros al mes.
Debido a la compleja realidad del mercado inmobiliario en el archipiélago, el Ejecutivo autonómico ha solicitado formalmente al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana un incremento de estos topes de precios para que un mayor número de jóvenes de las islas pueda beneficiarse de las ayudas en futuras convocatorias.
Requisitos para solicitar el Bono Alquiler Joven
Para optar a esta subvención, dirigida a facilitar la emancipación de los ciudadanos de hasta 35 años, los solicitantes deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Nacionalidad: Poseer la nacionalidad española o la residencia regular en España.
- Contrato: Ser titular de un contrato de alquiler que cumpla los límites de 900€ (vivienda) o 450€ (habitación) y estar al corriente de todos los pagos mensuales.
- Límite de ingresos: Los ingresos anuales del solicitante (o de la unidad de convivencia) no pueden superar tres veces el IPREM.
- Propiedades: No tener ninguna otra vivienda en propiedad.
- Incompatibilidad: Esta ayuda no es compatible con las ayudas ordinarias al alquiler del Govern, una medida que busca diversificar los fondos y llegar a un espectro más amplio de beneficiarios.
Los ciudadanos que deseen consultar todos los detalles, la documentación requerida y realizar el trámite de solicitud digital pueden acceder directamente a la plataforma web oficial habilitada: bolloguerjove.caib.es.













