jueves 16 mayo 2024
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MÉS exige la recuperación del espacio público ocupado ilegalmente por Pedro J. Ramírez

La piscina ilegal que Ramírez ha mantenido en unos terrenos de 350 m2 situados en dominio público marítimo-terrestre en la Costa dels Pins, en Mallorca, se deberá desmantelar

Josep Ferrà: «El PP debe pedir perdón y la zona debe ser devuelta a su estado original»

El Parlament ha aprobado este martes de mañana una Proposición No de Ley de MÉS por Mallorca para derribar la piscina ilegal del periodista Pedro J. Ramírez y restituir los espacios afectados. El hecho es que después de dos décadas el Tribunal Supremo ha puesto punto y final a la piscina ilegal que Ramírez ha mantenido en unos terrenos de 350 metros cuadrados situados en dominio público marítimo-terrestre en la conocida como Costa dels Pins, en Mallorca.

Ahora, más de veinte años después queda demostrada jurídicamente la connivencia del periodista con el gobierno español de turno – Partido Popular. De hecho, cabe recordar que las Nuevas Generaciones del PP instaron a los militantes a acudir desde otros puntos de la península a las Islas Baleares para manifestarse en «defensa de la libertad». Lo hicieron el mismo día que una quincena de entidades y partidos políticos habían convocado otra marcha bajo el lema «La costa es de todos». En la marcha en apoyo a Pedro J. Ramírez estaba, entre otros, Jaume Matas, presidente del PP en las Islas Baleares, y que poco tiempo después se convertiría en ministro de Medio Ambiente.

Según el portavoz de MÉS por Mallorca en el Parlament, Josep Ferrà, «Sin cobertura legal, la zona debe ser devuelta a su estado original». Tal y como indicaba la sentencia de la Audiencia Nacional española, el desmantelamiento es la única forma en que queda garantizado el dominio público por todas las personas y para todos los usos comunes y acordes con la naturaleza del dominio invadido, como pasear, estar, bañarse, navegar o pescar. Una recuperación que debe afectar a los espacios ocupados por la piscina, el embarcadero y la terraza.

Además, cabe apuntar que el artículo 147 del Reglamento General de Costas – RGC – dice que cuando se extingue una concesión, la Administración General del Estado «decidirá sobre el mantenimiento de las obras e instalaciones o su levantamiento y retirada del dominio público […]. Esta decisión se adoptará de oficio».

Por todo ello, MÉS por Mallorca presentó una PNL para que se proceda al levantamiento y retirada de la piscina, terraza y amarre de Pedro J. Ramírez, de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 147 del RGC y otorgando un plazo máximo de tres meses para que el titular retire las obras, restituya los espacios afectados y se haga cargo de los gastos.

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