domingo 27 abril 2025
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Baleares elimina el impuesto de sucesiones y donaciones

Aprobado el Decreto-ley para la eliminación del impuesto entre padres e hijos, abuelos y nietos y entre cónyuges

Se elimina también el Impuesto en la compra de primera vivienda habitual para menores de 30 años

La presidenta del Govern, Margalida Prohens, ha anunciado la aprobación del Decreto Ley de reforma fiscal para la supresión del impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD) entre padres e hijos, abuelos y nietos y entre cónyuges, así como la rebaja de hasta un 50 % entre hermanos y entre tíos y sobrinos, en las Illes Balears. Además, la reforma incluye también la supresión del impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP) para la compra de primera vivienda habitual para menores de 30 años y personas con discapacidad, y la rebaja del 50 % para menores de 35, familias numerosas, monoparentales o familias con personas con discapacidad a cargo.

La reforma ha sido aprobada en un consell de govern extraordinario, entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) y deberá convalidarse en el plazo de un mes por parte del Parlament de les Illes Balears.

Con el Decreto se elimina el pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones entre padres e hijos, abuelos y nietos, y cónyuges. En el caso de herencias entre hermanos o entre tíos y sobrinos en las que la persona fallecida no tenga descendientes, la reducción será del 50 %, y en el caso de sí tener descendientes la rebaja será del 25 %. La reforma se aplica tanto en herencias por causa de muerte como en herencias en virtud de los denominados pactos sucesorios o herencias en vida propios del derecho civil de las Illes Balears.

El Decreto Ley también incluye la eliminación total del ITP en la compra de primera vivienda habitual para menores de 30 años y personas con discapacidad, con un límite de renta de 52.800 € en declaración individual o de 84.480 € en declaración conjunta y el precio de la vivienda no puede ser superior a 270.151,20 €.

Finalmente, se reduce un 50 % el ITP para la compra de primera vivienda a jóvenes menores de 35 años y para la compra de vivienda habitual a familias numerosas, familias monoparentales y familias con personas con discapacidad a cargo, siempre y cuando el precio de la vivienda no supere los 270.151,20 €. En el caso de las familias numerosas, el coste límite de la vivienda podrá ser de un máximo de 350.000 €.

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